Productos Peligrosos: Por disposiciones aeronáuticas, eShopex no realiza traslado de mercancías peligrosas definidas así por IATA (ejemplo: explosivos, corrosivos, inflamables, etc.). Al mismo tiempo la no declaración de un artículo peligroso o restringido por parte del cliente, excluye de total responsabilidad a eShopex, siendo completa responsabilidad del particular. Para más detalles, contáctenos
aquí.
Productos Prohibidos: Existen algunos productos que no pueden ser importados, según regulaciones de la Aduana de Colombia. Algunos productos, tales como cosméticos y medicamentos, que deben ser revisados por los organismos que correspondan. Esta revisión tiene un costo según el tipo de mercancía. Entre los productos prohibidos se pueden encontrar los siguientes:
• Abonos, Fertilizantes, Químicos, Herbicidas
• Aceites, Lubricantes, Grasas
• Alimentos para Aves y Animales
• Animales Vivos
• Armas en General
• Artículos de Defensa Personal
• Artículos Ortopédicos
• Artículos Usados
• Artículos y equipos Médicos
• Bebidas Alcohólicas
• Billetes antiguos, dinero en efectivo
• Café, granos, semillas
• Cigarrillos y Tabacos
• Comidas naturales y enlatadas
• Cuero y piel de reptil
• Dinero en Efectivo y cheques
• Motores de autos ni motos usadas
• Municiones, Balas y Accesorios para armas
• Pornografía
• Plantas y Flores
• Productos de Países Restringidos
• Productos Flamables
• Semillas, Granos
• Medicinas
Desde el 1 de diciembre de 2015, una nueva normativa rige para la internación de productos al país, bajo el decreto 2025 no se podrá realizar importación de equipos de telefonía celular y sus partes al país a través de couriers.
Lo que se busca bajo este decreto es aminorar el tráfico y robo de celulares en el país.
Para conocer el decreto haz clic
aquí.
Otros dudas:
- Para el caso de los celulares, entiendo que se requiere un permiso especial o esta limitado a 1 unidad anual Confirmar.
* Los celulares para poderse transportar deben cumplirse los siguientes requerimientos: El IMEI debe venir relacionado en la etiqueta exterior del paquete, también debe estar relacionado en la factura comercial con la que se nacionaliza e incluido en el archivo desde el cual se manifiesta y presenta la info a la DIAN para su nacionalización.
Respecto a las cantidades la normativa indica que no se puede transportar más de 1 celular por cliente por día o manifiesto. Es decir que si se volara todos los días podría transportarse 1 celular cada dia de la semana a un mismo cliente.
- ¿Como es el tratamiento de las medicinas para consumo personal, que debe realizar algún trámite en forma anticipada?
* Para medicinas de consumo personal depende de si tienen libre circulación o son restringidas en Colombia, si son productos que están restringidos para uso abierto al público con que venga el paquete acompañado de la fórmula médica puede ingresar (es decir que pueden nacionalizarse en caso de ser encomiendas personales que vengan acompañadas de fórmula médica), si no tiene fórmula médica y su circulación en Colombia es restringida no podrá nacionalizarse. Sin embargo para productos comerciales como alka seltzer o a base de acetaminofén, Ibuprofeno, etc. con que no vengan cantidades mayores a 6 unidades dentro de un mismo paquete no habría problema en nacionalizarse.
- ¿Como es el tratamiento de los cosméticos, existe alguna restricción?
* No pueden venir más de 6 unidades de cosméticos dentro de un mismo paquete, es decir ( Puede venir un labial, 2 sombras, 2 delineador y una crema) Sin importar que sean productos diferentes todos caben dentro de la categoría de cosméticos y por tal motivo no pueden venir más de 6 unidades en un mismo paquete. Si se cumple con esta condición no requieren permisos ni tendrán restricciones.
- ¿Como es el tratamiento de las vitaminas y suplementos?
* Pueden ingresar hasta 6 unidades de Suplementos vitaminicos en un mismo paquete sin que requieran ningún tipo de permiso.
- ¿Sigue vigente esta regulacion?
* Por regulaciones de la Aduana en Colombia, los productos importados deben ser de uso personal, con un peso máximo de 110 libras por guía, valor declarado máximo de USD 2000 y máximo 6 unidades de un mismo género por envío.
* Sigue vigente esa normativa, no se ha añadido ni eliminado ninguna de esas condiciones.
- ¿Qué se debe hacer para internar producto de más de US$2,000 o 100 libras?
* Para productos que superen los 2.000 usd o las 110 libras se deberá generar un proceso de nacionalización formal, el cuál generará unos sobre costos por intermediación aduanera que pueden estar cercanos a los 290 usd a parte de los impuestos que genere la nacionalización dependiendo la categoría y valor declarado de la mercancía. De igual manera el proceso podrá tardar hasta un mes para su correspondiente nacionalización.
Para mas informacion, por favor contacte la Agencia de Aduana local
aquí