Estos productos no pueden ser internados, debido a la normativa legal vigente


Ropa y calzado usado

Repuestos usados

Celulares remanufacturados

Impresos publicitarios

Decodificadores

Dinero en efectivo

Armas

Animales



También existen restricciones y trámites previos en las siguientes categorías

Estimado cliente, antes de importar es necesario que conozca lo siguiente:


  • No se permitirá la importación de ropa y calzado en estado usado en la categoría D. En caso de traerlos en la categoría B y superen los límites de peso y valor, no podrán ser nacionalizadas y serán donadas a la Secretaría del Estado a cargo de la política Social.
  • Están prohibidas las importaciones de bebidas alcohólicas en categoría B.
  • Todos los envíos realizados que constituyan muestras sin valor comercial, deberán venir claramente identificados como tales en la guía aérea o guía courier, factura y producto, que su valor en aduana no supere los cuatrocientos dólares, o las tres unidades por ítem o por presentación comercial.
  • Productos alimenticios, así como suplementos vitamínicos que superen el peso y valor de la categoría B requerirán para su nacionalización, la presentación de Registro sanitario del MSP.
  • Recuerde: En el caso de que las mercancías excedan las limitaciones de peso y valor establecidos para el régimen de Courier y postal, éstas deberán pagar todos los tributos y cumplir con todas las formalidades aduaneras correspondientes a una importación común.
  • Para mayor información sobre las mejores condiciones para sus envíos desde el exterior, consulte con su habitual Courier o correo postal.


CATEGORIA A
Documentos
CATEGORIA B
4X4
CATEGORIA C
100KG $5000
CATEGORIA D
Prendas de vestir, textiles confeccionandos y calzado
CATEGORIA E
Medicina
CATEGORIA F
Libros y equipos de computación


Lacoste