Son todos los paquetes que pesan
hasta 100 kilogramos y hasta USD $5.000 que no entren en ninguna otra categoría. Las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea con excepción de las muestras sin valor comercial. En esta categoría
no se contemplan textiles y calzado.
Teléfonos Celulares: Solo para personas naturales con documento nacional de identidad ecuatoriana, podrán importar hasta una (1) unidad nueva (teléfono celular) por año fiscal.
Cuando se trate de repuestos para la industria, o para medios de transporte, requeridos con carácter de urgente, se admitirá en esa categoría un peso no mayor a 200 kilogramos, siempre que su valor no supere los USD $ 5,000.00 o equivalente en otra moneda.
Se exceptúa las limitaciones de valor y peso de las mercancías señaladas en el párrafo precedente cuando su número no exceda a 10 unidades, considerándose para estos efectos, como unidad, inclusive los juegos (sets o kits) conforme a las normas de clasificación arancelaria.
Esta categoría si paga impuestos:
- Advalorem: el porcentaje dependerá del producto.
- IVA: 12%
- Fodinfa: 0.5%.
El documento de control previo debe ser presentado únicamente para los productos que lo requieran.
Producto |
AdValorem |
I.V.A |
FODINFA |
Impuestos Específicos |
Documentos de control previo a la importación |
Nota |
TV 20" |
5% |
12% |
0.5% |
USD 39.97 c/u |
Requiere la presentación de MIPRO
solo si la importación excede las 5 unidades al año fiscal y su valor sea mayor a USD $3000 por declaración. |
Resolución 17 COMEX
|
TV > 20" a 32" |
5% |
12% |
0.5% |
USD 73. c/u |
Requiere la presentación de MIPRO
solo si la importación excede las 5 unidades al año fiscal y su valor sea mayor a USD $3000 por declaración. |
Resolución 17 COMEX |
TV > 33" a 41" |
5% |
12% |
0.5% |
USD 158.14 c/u |
Requiere la presentación de MIPRO
solo si la importación excede las 5 unidades al año fiscal y su valor sea mayor a USD $3000 por declaración. |
Resolución 17 COMEX |
TV > 41" a 50" |
5% |
12% |
0.5% |
|
Requiere la presentación de MIPRO
solo si la importación excede las 5 unidades al año fiscal y su valor sea mayor a USD $3000 por declaración. |
Resolución 17 COMEX |
Videojuegos |
30% |
12% |
0.5% |
|
No requiere documento de control |
|
Juguetes |
30% |
12% |
0.5% |
|
No requiere documento de control |
|
Perfumes |
20% |
12% |
0.5% |
300% |
Requiere la presentación de Certificado de Ministerio de Salud Pública |
|
Celulares |
0% |
12% |
0.5% |
0% |
No requiere documento de control |
Resolución 0.25-2019 COMEX |